La excepción de inconstitucionalidad en Colombia: ¿garantía o deber?
Resumen
El control de constitucionalidad es una herramienta dispuesta para revisar el deber de sumisión de la ley frente a la norma fundante o la Constitución de un Estado. Esta deontología funcional de la ley recobra fuerza frente los adagios: el legislador como ser humano se equivoca y la ley necesita un límite. Una ejemplificación real de estos refranes es la Ley de Nuremberg, sancionada el 15 de septiembre de 1935 que con sus reglamentos jurídicos y administrativos abiertamente ordenaban muerte a los judíos. Es así como en la última centuria el control de constitucionalidad ha recobrado una superlativa importancia, en especial a partir de la resolución de casos históricos y emblemáticos como, Brown vs. Board of Education en 1954 y el fallo Luth de 1958, donde se destaca la supremacía y expansión de los derechos fundamentales desarrollados en toda Carta Magna. En este orden de ideas, para evitar conflictos entre la ley ordinaria y la Constitución, los Estados propenden por un equilibrio de su ordenamiento jurídico a partir de una purificación de las fuentes de derecho en procura de una correspondencia con la norma de normas. Este compromiso estatal reposa en la facultad que tiene el poder judicial que a partir del control constitucional difuso y concentrado una norma se pueda dejar de aplicar o excluirla del orden jurídico vigente.Publicado
17.09.2020
Cómo citar
Barreneche Ávila, E. J. (2020). La excepción de inconstitucionalidad en Colombia: ¿garantía o deber?. NUEVOS PARADIGMAS DE LAS CIENCIAS SOCIALES LATINOAMERICANAS, (22). Recuperado a partir de https://nuevosparadigmas.ilae.edu.co/index.php/IlaeOjs/article/view/251
Número
Sección
Artículos