Deontología judicial. ¿Hay una ética especial para los jueces?
Resumen
Los sistemas o códigos morales son variantes de un tipo de sistema normativo de los que en la sociedad concurren, la moral. Las normas morales califican las conductas o estados de cosas como justos o injustos, loables o reprochables. En las sociedades pluralistas con Estado de derecho concurren códigos morales alternativos e igualmente legítimos, concepciones metaéticas diversas y diferentes ideas del derecho. En el Estado de derecho no debe el juez estar comprometido con ningún código ético en particular ni debe hacer que en sus sentencias impere el suyo por encima de la ley. Los contenidos propios o más importantes de la ética judicial son aquellos que prevén situaciones de conflicto entre los preceptos morales generales y los requisitos específicos de la profesión que permiten o mandan hacer excepciones frente a las obligaciones morales generales.Publicado
01.05.2020
Cómo citar
García Amado, J. A. (2020). Deontología judicial. ¿Hay una ética especial para los jueces?. NUEVOS PARADIGMAS DE LAS CIENCIAS SOCIALES LATINOAMERICANAS, (14). Recuperado a partir de https://nuevosparadigmas.ilae.edu.co/index.php/IlaeOjs/article/view/92
Número
Sección
Artículos