Función administrativa, política pública y despenalización del aborto hasta la semana 24 de gestación en Colombia
DOI:
https://doi.org/10.63505/23460377.319Resumen
La Constitución Política de 1991 señala que el valor jurídico por excelencia, conforme a nuestro
sistema normativo y el denominado bloque de constitucionalidad, es la vida. Por esta
misma razón, en el país se encuentra prohibida la pena de muerte y la despenalización del aborto tomó varias décadas de debate, hasta alcanzar escenarios en los que, precisamente, al prever daños a la vida e integridad sicológica y física de la madre o el nasciturus1, se admitieron tres situaciones en las que la ley penal renunciaba a su persecución. Sin embargo, hasta hace poco se admitió esta figura incluso, hasta la semana 24 de gestación, basada en la mera voluntad de la mujer gestante. Este documento de reflexión teórica plantea el choque entre la controversial decisión jurisprudencial, las políticas públicas de prevención y promoción en salud y su ejecución a través de la función pública, denota los efectos nocivos que en ocasiones produce una corte legisladora.

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