El deber de protección del Estado por actos terroristas y la imputación de la responsabilidad
Resumen
La responsabilidad extracontractual del Estado se define como la obligación de reparar el daño causado y se considera como un postulado fundante del Estado de Derecho reconocido en Colombia (art. 90, Constitución de 1991). En lo que se refiere a la responsabilidad del Estado por actos terroristas, el primer punto a tratar es la cuestión sobre lo que es “terrorismo” y sobre cómo, en el Estado colombiano, se identifica para constituirse en objeto de reparación. En tal sentido la jurisprudencia administrativa ha sido la fuente a través de la cual se han venido estructurado, por así decirlo, los fundamentos de esta esponsabilidad.
Se distingue el terrorismo de estado, de los actos terroristas provenientes de terceros; por lo que es con apoyo de esta fuente que se pretenden precisar los regímenes de responsabilidad para la reparación.