N u e v o s Pa r a d i g m a s d e l a s C i e n c i a s S o c i a l e s L at i n o a m e r i c a n a s
issn 2346-0377 (en línea) vol. XVI, n.º 31, enero-junio 2025, Andrea C. Estupiñán Ch.
Enfoque de género y seguridad social de la mujer...
161
posiciones diferenciadas para la mujer, así como de aquellas que, bajo
un tratamiento general, puedan generar efectos indirectos diferencia-
dos, la metodología de análisis parte del bloque de constitucionali-
dad y se proyecta hacia la jurisprudencia de la Corte Constitucional,
el Consejo de Estado, la Corte Interamericana de Derechos Humanos
y los órganos de supervisión de tratados.
En relación con la edad de jubilación y las semanas mínimas de
cotización, la Ley 2381 de 2024 mantiene reducciones específicas
para la mujer, que son complementadas por el Decreto 514 de 2025
mediante disposiciones reglamentarias para la contabilización de se-
manas adicionales por hijos y por períodos de cuidado no remunera-
do, el decreto precisa el procedimiento administrativo para la acre-
ditación de dichas semanas, establece la documentación admisible y
define la competencia de las entidades administradoras para verificar
la información, al incorporar además criterios para la interoperabi-
lidad de bases de datos con fines de control y validación. Este desa-
rrollo reglamentario se vincula con la obligación de garantizar que
las medidas diferenciadas sean efectivas en su implementación, para
evitar barreras de acceso de carácter probatorio o procedimental.
En cuanto a las reglas de transición, la Ley 2381 de 2024 prevé
mecanismos para preservar beneficios a personas cercanas a cum-
plir los requisitos anteriores, y el Decreto 514 de 2025 desarrolla las
fórmulas para la determinación del tiempo faltante y para el cálculo
de la prestación en escenarios de transición parcial. Este componente
reglamentario establece un cronograma de aplicación y determina las
condiciones para la renuncia voluntaria al régimen transitorio, lo que
incide en el ejercicio de la autonomía individual y en la protección
de expectativas jurídicas, el análisis comparado con la jurisprudencia
constitucional, en especial la Sentencia C-258 de 2013 ya citada, per-
mite verificar el análisis de estas reglas con el principio de confianza
legítima.
Respecto de las prestaciones de invalidez y sobrevivencia, la Ley
2381 de 2024 modifica requisitos y montos, mientras que el Decreto
514 de 2025 reglamenta el cálculo de la pensión mínima y los cri-
terios de actualización de montos, en este punto, la reglamentación
introduce un ajuste que permite reconocer cotizaciones discontínuas
y computar aportes fraccionados en un mismo período, lo que resul-