Nuevos Paradigmas de las Ciencias Sociales Latinoamericanas
issn 2346-0377 (en línea) vol. X, n.º 19, enero-junio 2019, Pedro A. Solarte P. pp. 83 a 112
Análisis del fallo de la Corte Suprema de
Justicia, incumplimiento de contrato
de promesa de compraventa
Pedro Antonio Solarte Portilla*
Justice Supreme Court judgment analysis,
non-compliance of buy-sell promise contract
Resumen
En el contrato de compraventa existe la facultad de pactar el retracto del negocio, que común
mente se hace bajo la estipulación de unas arras. Esta facultad la tiene cualquiera de los
contratantes y la puede ejercer en los términos establecidos en la misma promesa, o, cuando
no se hubiese establecido términos específicos, en la forma señalada en los artículos 1869
y 1860 del Código Civil. En el caso que se examina, la Corte Suprema de Justicia precisó que
hacer uso de dicha facultad no genera incumplimiento del contrato, y, por lo tanto, no hay
lugar a que la otra parte demande perjuicios o pida que se cumpla con lo pactado, pues, se
trata precisamente de una decisión facultada por la voluntad de las partes bajo el pago de las
arras que se hayan establecido.
Palabras clave: Promesa; Compraventa; Incumplimiento; Arras; Retracto.
* Abogado especialista en Derecho Urbano y en Derecho Administrativo, con más de 17
años de experiencia profesional en asesoría a constructoras, curadurías urbanas, ofi-
cinas de planeación y personas naturales en general, en actividades relacionadas con
el derecho urbanístico. Autor del libro Ordenamiento territorial y derecho urbano pu-
blicado por la editorial Leyer. Ex catedrático de la especialización de Derecho Urbano
en la Universidad del Rosario, catedrático de la especialización de Nuevas Tecnologías
y Gestión de Ciudades Inteligentes de la Universidad Externado de Colombia (Módulo
Derecho Urbano) Estudiante de Doctorado en Derecho Administrativo de la Universidad
de Buenos Aires (Argentina).